NOTICIAS

NOTICIAS

Recuerden actualizar las claves del SAC (sistema de administración de causas) y quienes tienen correo yahoo .... deben actualizar a otro (recomendamos gmail.com-   sino lo actualizás no vas a recibir las novedades de asignación de audiencias y demás incidencias

Seguiremos compartiendo momentos como este .............Abrazos

TUTORIAS PARA MEDIADORES MATRICULA PROVISORIAS

Requisitos para inscribirse como Mediadores/as de Matrícula Provisoria

2.1. Documentación a presentar

Para integrar la Nómina de Mediadores/as de matrícula provisoria se deberá acompañar:

Copia de su Documento Nacional de Identidad;

Constancia de matrícula provisoria otorgada por la Dirección de Mediación.

2.2 Ámbito de actuación.

Deberá indicar circunscripción y Centro Judicial en el que solicita realizar la práctica.

2.3 Procedimiento de inscripción

Los/as interesados/as deberán completar, el formulario de solicitud, conforme el modelo

que -como anexo III- se aprueba, el que deberán remitir conjuntamente con la

documentación requerida – vía correo electrónico- a la Oficina de Tramitación

Electrónica (tramitacionelectronica@justiciacordoba.gob.ar).

La información vertida en el formulario tiene carácter de declaración jurada y su sola

remisión implica el conocimiento y aceptación de las presentes disposiciones.

La solicitud no será procesada hasta tanto no se complete la totalidad de los datos y se

adjunte la totalidad de la documentación requerida.

2.4. Honorarios de los mediadores de matrícula provisoria

En el proceso de mediación sea prejudicial o por derivación de los Tribunales del Poder

Judicial, los honorarios que se generen por la labor desempeñada como co-mediadores

en virtud del "Sistema de Mediaciones de Prácticas bajo tutorías" no habilita al

mediador al cobro de honorarios bajo ningún concepto.

RESOLUCION COMPLETA CONVOCATORIA A MEDIADORES PARA INTEGRAR EL PLAN PILOTO DE MEDIACION COMUNITARIA  

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Gobierno de la Provincia de Córdoba Córdoba, 01° de junio de 2023 VISTO: 

El Convenio de Cooperación entre Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Ministerio de Vinculación Comunitaria, Protocolo y Comunicación; el Ministerio de Gobierno y Seguridad de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, para la Implementación de la Mediación Comunitaria en el Marco del Plan Integral de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito "Córdoba se Encuentra" y el Programa de Fortalecimiento de los Consejos Barriales de Prevención y Convivencia, suscripto con fecha 22 de marzo de 2023; el compromiso asumido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en las cláusulas segunda y octava de dicho instrumento y en el marco de las facultades conferidas a la Dirección de Mediación.

  Y CONSIDERANDO: Que conforme a lo previsto en los artículos 50, 55, 62 en su inciso 4) y ccdtes. y 63 de la Ley 10543 y su Decreto Reglamentario 1705/18, es función y competencia de la Dirección de Mediación promover la suscripción de convenios de colaboración con entidades públicas y privadas para la inserción de la mediación en todo el territorio provincial, como asimismo la creación de los programas de mediación comunitaria con el carácter de servicio gratuito a la comunidad, fijando las condiciones para la incorporación y el desempeño de los mediadores en el marco de dichos programas. Que a fin de implementar la iniciativa acordada y en lo que respecta a esta Dirección, se hace necesario articular las acciones para gestionar los recursos que ponen a disposición el Ministerio de Gobierno y Seguridad, el Ministerio de Vinculación Comunitaria, Protocolo y Comunicación y la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, creando el Programa de Mediación Comunitaria que permita generar la arquitectura del servicio de mediación adecuada a la matriz organizativa dentro de la cual, de manera imprescindible se debe alojar. Que el espacio físico en el que se brindará el servicio tendrá su base operativa en cada uno de los Centros de Participación Comunal, Parques Educativos y Centros de Encuentro Barrial de la ciudad que la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, a través de la Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Gobierno de la Provincia de Córdoba Secretaría de Participación Ciudadana y de Gobierno y Gestión General de Gabinete determine, al igual que el personal que receptará las solicitudes, a partir de los casos detectados principalmente a través de la labor desarrollada por los Consejos Barriales de Prevención y Convivencia, promotores y coordinadores barriales y las estrategias de visibilización, sensibilización y difusión de la mediación, que el Ministerio de Vinculación Comunitaria, Protocolo y Comunicación aplique. Que conforme a los recursos y acciones descriptos y a fin de articularlos para lograr el cumplimiento del objetivo común fijado en el Convenio, es necesario precisar las condiciones para la conformación de los equipos de mediadores que se desempeñarán en cada caso para la realización de las mediaciones dentro del marco legal previsto en los artículos 50, 55, 62 y 63 de la Ley 10.543 y su D.R. 1705/18, dando oportunidad de participar voluntariamente del Programa a todos los mediadores y mediadoras interesados que se encuentren en condiciones de comenzar a operar. Que para lograr una participación eficaz de los mediadores, es decir, orientada a alcanzar el objetivo del convenio y eficiente en la utilización de los recursos y acciones puestos a disposición, se hace imprescindible organizar la modalidad y requisitos para la inscripción de los mismos en el Programa, definir el criterio de distribución de los casos ingresados entre los participantes en los espacios, días y horarios en los cuales se realizarán las actividades de mediación descriptas anteriormente, como también la compensación económica y certificaciones que se otorgarán, conforme al tipo de matrícula de mediador (definitiva o provisoria) y a la efectiva participación de cada uno. Que la implementación de la iniciativa requiere la integración de los mediadores a los espacios de sensibilización y difusión que se generen a partir de las estrategias adoptadas por el Ministerio de Vinculación Comunitaria, Protocolo y Comunicación a través de la realización de reuniones informativas, talleres, facilitación del diálogo entre los actores sociales en pos de lograr la visibilización de la oportunidad de acceder al servicio de mediación en los diferentes puntos de descentralización. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Gobierno de la Provincia de Córdoba Que se requiere asimismo el seguimiento y monitoreo en el desarrollo del Programa y el fortalecimiento de las competencias específicas de los mediadores participantes, mediante talleres de capacitación continua, ateneos de análisis de casos y evaluación de los resultados que se obtienen, todo lo cual debe ser certificado por la Dirección de Mediación. Que a fin de cumplir con las actividades necesarias para el desarrollo del Programa por parte de esta Dirección, los equipos de trabajo se complementarán con personal de la Administración Pública Provincial, el que será entrenado en el marco de las capacitaciones descriptas. Por ello, en el marco de las facultades emanadas de los artículos 50, 55, 62 incisos 4) y 63 de la Ley 10543, y su Decreto Reglamentario N° 1705/18, 

LA DIRECTORA DE MEDIACIÓN R E S U E L V E Artículo 1: IMPLEMENTAR con carácter de experiencia piloto, el Programa de Mediación Comunitaria en el marco del Convenio interministerial suscripto con la Municipalidad de Córdoba para el desarrollo de la Mediación Comunitaria en esta ciudad, a partir del 01 de junio de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023, pudiendo extenderse su desarrollo conforme a la futura vigencia de dicho convenio con las modificaciones que se estime necesario realizar. Artículo 2°: CONVOCAR a todos los mediadores y mediadoras inscriptos en el Registro de Mediadores de la Provincia de Córdoba cuyas matrículas se encuentren vigentes, a inscribirse para participar del mencionado Programa de Mediación Comunitaria en los términos y con los alcances de los dispuesto en el Anexo I - Convocatoria a Mediadores de matrícula definitiva y en el Anexo II - Convocatoria a Mediadores de matrícula provisoria, según corresponda al tipo de matrícula del interesado, los que forman parte de la presente Resolución. La Dirección de Mediación podrá disponer la habilitación de la inscripción en los Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Gobierno de la Provincia de Córdoba meses sucesivos, conforme a los cambios en la composición del Registro de Mediadores y a los requerimientos del Programa. Artículo 3°: PROTOCOLICESE, comuníquese a los mediadores y mediadoras inscriptos en el Registro de Mediadores de la Provincia de Córdoba cuyas matrículas se encuentran vigentes a la fecha y Archívese. RESOLUCIÓN N° 140/20

ESCUDO SEGUROS Y TARJETA GRUPAR-Causas No Mediables-  por resolución del Centro Judicial de Mediación y en virtud del estado de liquidación y quiebra respectivamente de dichas entidades.

Se informa a los mediadores que mediante Sentencia No 12 del 17.4.2023 dictada por

el Juzgado de Concursos y Quiebras de 29o Nominación de esta ciudad de Córdoba

publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el pasado 25 de abril se declaró la

quiebra de Tarjeta Grupar S.A., lo que torna no mediable las EPC iniciadas

oportunamente.

Asimismo se hace saber que Escudo Seguros S.A., también se encuentra sujeta a

proceso de liquidación conforme da cuenta el Boletin oficial de la Nación.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/285322/20230427

Tales antecedentes tornan no mediables a su respecto las EPC iniciadas

oportunamente.


Estimadas Mediadoras y Mediadores, luego de las intensas negociaciones y peticiones, Hemos recibido la notificación de la firma del acuerdo reglamentario 1754"A" por parte del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA,.............VISTO: La petición cursada por la Asociación de Mediadores de la Provincia de Córdoba a fin de que se revisen los honorarios que...